
Según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) la tasa de paro de las personas con discapacidad en el año 2018 fue del 25,2%, lo que supone 10,1 puntos más que la tasa de la población sin discapacidad. Son porcentajes muy elevados a pesar de que la Ley General de Discapacidad establece una reserva del 2% de los puestos de la plantilla en empresas con 50 o más trabajadores. ¿Quieres ayudar a cambiar la situación? Te contamos los beneficios de contratar personas con discapacidad, tanto fiscales como no fiscales.
¿Es obligatorio contratar a personas con discapacidad?
La realidad es que sí, en determinados casos, tal y como decíamos antes. La Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, establece en su artículo 42 lo siguiente:
- Las empresas públicas y privadas con un número de trabajadores igual o superior a 50, tienen la obligación de que el 2% de la plantilla sean trabajadores con discapacidad.
- De forma excepcional, las empresas pueden quedar exentas de cumplir la obligación si solicitan un certificado de excepcionalidad y plantean medidas alternativas.
Una de las medidas alternativas es la contratación de un Centro Especial de Empleo (CEE).
Por lo tanto, para cumplir con la ley se puede contratar a personas con discapacidad de forma directa o proceder a la contratación de un CEE.
¿Qué beneficios aporta contratar personas con discapacidad?
La contratación de personas con discapacidad supone diversos beneficios como los siguientes:
- Aplicación de la diversidad en la empresa: Cuando los departamentos de selección de una empresa abren los procesos de reclutamiento a la diversidad, dan la posibilidad de atraer el mejor talento.
- Mejora de la imagen corporativa: La contratación de personas con discapacidad puede suponer un cambio en la cultura corporativa que ayude mejorar la imagen de la empresa en el mercado, ya que se fomentarán valores como el respeto, la tolerancia o la igualdad.
- Conexión con la sociedad: Vivimos en sociedades cada vez más concienciadas con la situación de las personas con discapacidad, por lo que incorporarlas a la empresa favorece que exista una conexión con la sociedad en la que la empresa desarrolla su actividad.
- Mejora del ambiente de trabajo: Contratar personas con discapacidad e integrarlas en la empresa fomenta el sentido de pertenencia a la empresa y el orgullo de que esa empresa selecciona a las personas por su valía profesional y no por aspectos más superficiales.
- Impulso de la responsabilidad social corporativa: La RSC de la empresa se verá impulsada por la contratación de personas discapacitadas que necesitan integrarse en el mercado de trabajo.
- Cumplimiento de la ley: La contratación de personas con discapacidad no solo permite cumplir con la reserva legal que establece a favor de este colectivo la Ley General de Discapacidad, sino que también ayuda a cumplir con la Ley de información no financiera que regula la obligación de las compañías de divulgar información no financiera o relacionada con la responsabilidad social corporativa.
- Bonificaciones, deducciones y ayudas por la contratación de personas con discapacidad:
- Bonificaciones en la contratación: Además de todo lo anterior, podemos destacar diversas ventajas en la contratación de personas con discapacidad que son las siguientes:
- En primer lugar, existen unas bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social que pueden ir de los 3.500 a los más de 6.000 euros según el grado de discapacidad, el sexo del empleado, la edad, el tipo de contrato o la jornada laboral. Por ejemplo, la bonificación general por la contratación de mujeres con discapacidad de más de 45 años es de 5.700 euros.
- En el caso de contratación temporal, las bonificaciones son inferiores y pueden llegar a los 4.700 euros en los casos de mujeres de más de 45 años o 5.300 euros en mujeres con discapacidad severa de más de 45 años.
- Deducciones en el Impuesto sobre Sociedades: En el IS se pueden aplicar deducciones de hasta 6.000 euros por cada persona con discapacidad contratada.
- Subvenciones: En algunos casos, para incorporar correctamente a la persona con discapacidad a la empresa, es necesario adaptar el puesto de trabajo o eliminar barreras arquitectónicas, y para ello se otorgan subvenciones que pueden llegar a los 901 euros.
- Bonificaciones en la contratación: Además de todo lo anterior, podemos destacar diversas ventajas en la contratación de personas con discapacidad que son las siguientes:
En cualquier caso, es necesario estudiar cada caso, porque las Comunidades Autónomas regulan diversas ayudas.
Para poder tener derecho a todas las ventajas que hemos visto, se deben cumplir una serie de requisitos como los siguientes:
- Que el trabajador esté inscrito como demandante de empleo.
- Que tenga una discapacidad legalmente reconocida igual o mayor del 33%.
- Que no tenga un vínculo con la empresa o grupo de empresas en los 24 meses anteriores por un contrato similar.
Por su parte, la empresa, debe estar al corriente de todas sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social, tanto cuando dé de alta al trabajador con discapacidad como durante el plazo de aplicación de las bonificaciones.
En definitiva, no solo se trata de obtener ventajas fiscales o económicas, sino de apoyar la integración laboral de personas que necesitan trabajar en condiciones de igualdad y de respeto.
Comments (2)
Jose González / 31/01/2022
Hola,
¿Es necesario cumplir con el 2% de reserva del puesto de trabajo a las personas con discapacidad?
Javier Martinez / 02/02/2022
Hola Jose,
Esta medida va enfocada a las empresas de 50 o más empleados. Si que es de obligado cumplimiento por el artículo 42.1 de la Ley General de derechos de personas con discapacidad y su inclusión social.
En relación con el total de empleados un 2% de los puestos de trabajo deben estar reservados a las personas con discapacidad.
¿Cómo puedes cumplir con esta medida? Puedes optar por solicitar el certificado de excepcionalidad o aplicar medidas alternativas como la contratación de un Centro Especial de Empleo, donar acciones o crear un enclave laboral.
Te facilito un artículo que puede darte mayor información: https://www.leialta.com/blog-de-empresa-familiar/reserva-puestos-trabajo-personas-discapacidad/
Un saludo,